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  • Foto del escritorUnion Law Group

¿Familiar en el ejército?

El gobierno de Estados Unidos reconoce los importantes sacrificios que hacen los miembros de las Fuerzas Armadas, los veteranos, los nuevos enlistados y sus familias. A fin de apoyar a estas personas, el gobierno provee opciones discrecionales tales como el permiso de permanencia temporal en el país (“parole-in-place”) o la acción diferida, que se determinan según cada caso individual.


Parole in Place

El gobierno de Estados Unidos puede conceder, caso por caso, un permiso de permanencia temporal en el país (parole in place) por razones humanitarias urgentes o de beneficio público significativo. Usted puede ser elegible al permiso de permanencia temporal en el país en incrementos de un año si es el cónyuge, viudo(a), padre/madre o hijo(a) de:

· Un miembro en servicio activo de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos

· Un miembro de la Fuerza Seleccionada de la Reserva de las Fuerzas Armadas, o

· Una persona (viva o fallecida) que sirvió previamente en servicio activo de la Fuerza Seleccionada de la Reserva y no fue separado deshonorablemente.


Este programa por sí solo no otorga ningún estatus migratorio, pero puede servir como una escalera para obtener un estatus migratorio. Consulte a su abogado si tiene algún familiar que está en el ejército de Estados Unidos.


Si deseas hacer una cita marca a nuestros teléfonos: US: (619) 662-2170 o MX: (664) 622-5442

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